Pensión de Invalidez

Pensión de Invalidez

La pensión de Invalidez es la jubilación que pueden solicitar quienes pierden su capacidad de trabajo, debido a una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales.

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Requisitos

Estar afiliado a una AFP y no encontrarse pensionado en este sistema.

Tener menos de 65 años de edad, para hombres o mujeres (en el caso de mujeres deben haber optado por seguir cotizando el seguro de invalidez y sobreviviencia).

Que la incapacidad no sea a causa de un accidente o enfermedad laboral.

Invalidez Parcial

Cuando se determina una pérdida en la capacidad de trabajo igual o mayor a 50% y menor a 66%. En este caso, el dictamen de invalidez tendrá el carácter de transitorio por 3 años. Posterior a esto, la Comisión Médica hará una reevaluación y decidirá si la invalidez es de carácter definitiva y el grado de invalidez correspondiente.

Invalidez Total

Cuando se determina una pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior a 66%. En este caso, el dictamen tendrá el carácter de definitivo, por lo que no se requiere una reevaluación posterior.

Rechazo de la solicitud

Cuando la perdida de la capacidad para trabajar es menor al 50%.

Comisiones Médicas

Son las entidades encargadas de determinar la condición de invalidez. Estas se rigen por las llamadas Normas para la Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al Nuevo Sistema Previsional; son fiscalizadas por la Superintendencia de Pensiones y están presentes en cada región del país.

¿Cómo actúa el SIS en la pensión de invalidez?

El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) financia las pensiones transitorias por 3 años para quienes son calificados con invalidez parcial transitoria, y complementa los ahorros individuales con un aporte a tu cuenta individual, cuando se dictamina la invalidez definitiva, ya sea con una pérdida total o parcial de tu capacidad de trabajo.

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