Renta privada

Renta Privada

¿Dispones de ingresos adicionales que permitan complementar tu pensión? Este producto te permitirá designar una renta para tu vejez o a un ser querido.

Puedes contratar una Renta Privada con los ahorros que no provienen de los saldos obligatorios y voluntarios para la pensión. Este producto te brindará una renta que te permitirá complementar y planificar tus ingresos.

¿Conoces la Renta Privada?

Una Renta Privada es un seguro de vida que te permite garantizar un ingreso mensual gracias a los ahorros no previsionales que tengas, como por ejemplo ahorros en Fondos Mutuos, ingresos por la venta de una propiedad, el recibir inesperadamente una herencia, entre otros.

A diferencia de los seguros de vida tradicionales, la Renta Privada no requiere el pago de una prima mensual, sino que, a cambio de entregar el capital ahorrado, recibirás de por vida un ingreso mensual fijo en UF.

Te queremos explicar sus beneficios.

¿Por qué contratar una Renta Privada?

  1. Tu ingreso no perderá valor en el tiempo: a diferencia de otros productos para la pensión, la Renta Privada te asegura un ingreso fijo mensual de por vida y al ser en UF se reajusta en el tiempo.
  2. Libre elección de beneficiarios, podrás escoger libremente a tus beneficiarios, siempre que cuenten con interés asegurable. 
  3. El pago en virtud de un seguro de vida no constituye renta.
  4. Es una solución flexible a tus necesidades: permite definir desde cuándo recibir el pago de tu Renta, el monto y su modalidad.

Tipos de una Renta Privada

  • Renta Privada Vitalicia: Recibes un ingreso fijo mensual en UF por toda tu vida o la de tus beneficiarios, según corresponda.
  • Renta Privada Vitalicia Escalonada: Recibes el pago de una renta fija en UF por un determinado periodo de entre 5 a 25 años, y luego el pago de otro monto por toda tu vida. El monto del segundo período debe ser de al menos un 25% del pago del primer período.

Modalidades de Renta Privada

  • Renta Privada Inmediata: Es aquella cuyo pago comienzas a recibir desde el momento en que contratas la Renta Privada y hayas pagado la prima a la Compañía de Seguros.
  • Renta Privada Diferida: En este caso, la Renta Privada se comienza a recibir en una fecha futura definida, que puede ser hasta 5 años después de contratada.

Modalidades de Pago

  1. Simple: Tu renta se pagará durante toda tu vida. En caso de que tengas beneficiarios de sobrevivencia, se pagará a ellos la renta, de acuerdo a los plazos y porcentajes estipulados en la póliza.
  2. Garantizado: Puedes elegir que durante un periodo tus beneficiarios reciban el mismo monto que recibías tú en caso que no estés, y una vez finalizado dicho período garantizado, recibirán los porcentajes estipulados en la póliza al momento de la contratación.*

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