1. El Premio Salmón constituye el principal reconocimiento que se entrega a los fondos mutuos que
logran la mayor rentabilidad ajustada por riesgo dentro de su categoría. Estos son entregados por
Diario Financiero y LVA índices. Los Premios otorgados a Principal en la edición 2021 consisten en 10
premios en total. En fondos Retail: 2 primeros lugares para los Fondos Europe Equity y Deuda Corto
Plazo, 3 segundos lugares para los Fondos Gestión Estratégica D, Deuda Mediano Plazo y Progresión
Deuda Largo Plazo, y 1 tercer lugar para el Fondo Gestión Estratégica C. En fondos APV: 1 primer lugar
para el Fondo Vision Money Market, 2 segundos lugares para los Fondos Cartera Prudente y Progresión
Deuda Largo Plazo, y 1 tercer lugar para el Fondo Cartera Equilibrada. Información al 25 de noviembre
de 2021.
2. Morningstar es una de las empresas de análisis de inversión independiente más grandes del mundo, con operaciones en 27 países y presente en Chile desde 2010. Cada año realiza el Morningstar Fund Awards, donde reconoce aquellos fondos mutuos y aquellas AGFs que han aportado más valor a los inversionistas. Siempre se compara el desempeño de los fondos mutuos contra sus pares en su categoría Morningstar durante el último año y a largo plazo.
Principal AGF en la premiación 2022 obtuvo un premio por su desempeño como Administradora, siendo la “Mejor Administradora de Renta Variable”. También destacó su fondo mutuo Principal Progresión Deuda Largo Plazo Serie LP3, que ganó el premio por Mejor Fondo Renta Fija Largo Plazo Pesos Chilenos. El premio a la Mejor Administradora Renta Variable es basado en un modelo cuantitativo que reconoce a la gestión de una AGF que ha aportado un desempeño mejor en términos de retornos ajustados por riesgo a través de todos sus fondos de renta variable.
3. La rentabilidad o ganancia obtenida en el pasado por este fondo, no garantiza que ella se repita en
el futuro. Los valores de las cuotas de los fondos son variables. Infórmese de las características
esenciales de la inversión de los fondos mutuos, las que se encuentran contenidas en su reglamento
interno.
Artículo 108 de la Ley sobre Impuesto a la Renta: Estableces un beneficio de postergación dado que se
puede diferir el pago de impuestos sobre el mayor valor o ganancia obtenida en el rescate de la cuota
hasta que se liquiden definitivamente sus inversiones. Si se reinvierte el producto del rescate de un
fondo en la adquisición de cuotas de otro fondo de la misma u otra sociedad administradora, posterga
la tributación asociada al mayor valor o ganancia obtenida en el rescate.
4. Los movimientos de aportes a los fondos de la Plataforma Internacional generan una salida de
dólares que siempre es declarada por el Banco Santander al Banco Central de Chile. La declaración y
pago de los impuestos a las ganancias de capital producto de estas inversiones, es de exclusiva
responsabilidad del cliente. Fondos inscritos en el registro de valores extranjeros que lleva la
Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
5. Infórmese de las características esenciales de la inversión en este fondo mutuo, las que se
encuentran contenidas en su reglamento interno. La rentabilidad o ganancia obtenida en el pasado por
este fondo, no garantiza que ella se repita en el futuro. Los valores de las cuotas de los fondos
mutuos son variables.
6. Fondos inscritos en el Registro de Valores Extranjeros de la Comisión para el Mercado Financiero CMF.
El fondo es distribuido a través de Principal Administradora General de Fondos S.A. De conformidad con
lo expuesto en la Norma de Carácter General N° 352 emitida por la Superintendencia de Valores y
Seguros (actual Comisión para el Mercado Financiero), se informa lo siguiente:
Los derechos y obligaciones de los inversionistas se someterán al marco jurídico del país de origen
del emisor.
La supervisión del valor y su emisor estará radicada en el regulador extranjero.
La información pública que existirá de los valores será exclusivamente aquella del regulador del
mercado de origen del emisor o del mercado extranjero en que se transen, con excepción de aquellos que
deban proveer la información exigida por la bolsa respectiva. Los emisores extranjeros, intermediarios
de valores, depositarios de valores extranjeros y cualquiera otra persona que participe en la
inscripción, colocación, depósito, transacción y otros actos o convenciones con valores extranjeros o
CDV, regidos por las normas del Título XXIV de la Ley N° 18.045 y las que dicte la Superintendencia,
dependiendo del tipo de inscripción efectuada, que infrinjan estas mismas disposiciones, estarán
sujetos a las responsabilidades que señala el Decreto Ley Nº 3.538, de 1980, y aquellas señaladas en
la Ley N° 18.045. Los principios contables y normas de auditoría pueden -eventualmente- diferir de los
principios y normas aplicables a los emisores en Chile.
Cualquier duda adicional puede ser consultada en el sitio en Internet de la Comisión para el Mercado
Financiero.
© Copyright 2021 Principal - Todos los derechos reservados.
Apoquindo 3600 Piso 9, Las Condes, Santiago, Chile
Apoquindo 3600 Piso 9, Las Condes, Santiago, Chile