Te recordamos que al ahorrar en Depósitos Convenidos tienes un
tope de 900 UF anuales y no constituye renta para efectos tributarios del trabajador. Además, el monto de ahorro es
acordado entre el trabajador y el empleador (3).
Además, recuerda que siempre es más conveniente completar primero el límite de APV en cotizaciones voluntarias por 600 UF y luego comenzar a ahorrar en Depósitos Convenidos. Esto se debe a que las Cotizaciones Voluntarias pueden ser rescatadas en cualquier momento ante una eventual necesidad, en cambio,
los Depósitos Convenidos sólo se pueden rescatar una vez que te hayas pensionado.
¿Quieres saber más de tu Ahorro Previsional Voluntario?