Beneficio Tributario
Cuáles son las 2 opciones tributarias para invertir en APV?
• Opción Tributaria b): Los aportes son rebajados de la base imponible
disminuyendo el pago de impuestos, siendo gravados al momento del retiro en la forma prevista en el
N°3 del artículo 42 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
• Opción Tributaria a) (nueva): consiste básicamente en no hacer
uso del beneficio tributario al momento del aporte ahorrando después del pago de impuestos. La
novedad de esta opción es la Bonificación Fiscal del 15% del monto de ahorro realizado (3), la cual
se obtiene si dicho ahorro es destinado a incrementar o adelantar su pensión.
¿Qué opción tributaria le convendría para invertir en APV?
Su beneficio sería superior si invierte bajo la opción b) en caso de encontrarse sobre el
tramo del 15% de impuesto a la renta (4) y sería mayor bajo la opción a) si se encuentra bajo el
tramo del 15% de impuesto a la renta.
Eso es a modo general, si realmente quiere saber qué opción le conviene más le
aconsejamos ingresar aquí al Simulador Beneficio Tributario APV.
Liquidez del APV
En caso de necesitarlo, usted podrá disponer de su ahorro en cualquier momento de su vida
laboral, pagando el impuesto correspondiente y un recargo de acuerdo a su renta.
Vea cómo tributan
los rescates.
Retiro de Excedente de Libre Disposición
Además de las Cotizaciones Voluntarias, usted podrá retirar como excedente los Depósitos
Convenidos, los que tributan de acuerdo al impuesto global complementario correspondiente al monto
del retiro. El Excedente de Libre Disposición proveniente del APV aportado por usted, está exento
de impuesto hasta por un máximo de 200 UTM anuales, con un tope total de 1200 UTM u 800 UTM en un
solo retiro.
Conozca qué es el
Excedente de Libre Disposición.
La rentabilidad es Fluctuante por lo que nada garantiza que las rentabilidades pasadas se
mantengan en el futuro. Los valores de las cuotas de los fondos mutuos son variables. Infórmese de
las características esenciales de la inversión de estos fondos mutuos, las que se encuentran
contenidas en su reglamento interno y contrato de suscripción de cuotas.